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Dirección General de Espectáculos Públicos.
Juego y Actividades Recreativas.
- CIRCULAR 01/97 - E.T.
Espectáculos Taurinos
CIRCULAR POR LA QUE
SE UNIFICA EL MODELO DE ACTA DE FINALIZACIÓN DE FESTEJO
TAURINO, PREVISTA EN EL ARTÍCULO 86 DEL VIGENTE REGLAMENTO,
Y SE IMPARTEN INSTRUCCIONES SOBRE SU REMISIÓN A EFECTOS
ESTADÍSTICOS.
Dentro del programa estadístico que la
Comisión Consultiva Nacional de Asuntos Taurinos tiene previsto
implantar a partir de la temporada taurina de 1997 para
los espectáculos taurinos mayores (corridas de toros, novilladas
con picadores, novilladas sin picadores, becerradas, festivales
y festejos mixtos) ha sido remitida a esta Dirección General
en pasadas fechas un modelo de ficha para recogida de datos
que, además de las actas propias de cada festejo, se hace
imprescindible y obligatorio cumplimentarla por el Delegado
Gubernativo.
Como quiera que ello supondría una carga
añadida a la labor de los equipos gubernativos y que, el
contenido de la mencionada ficha es similar, aunque más
exhaustivo, que el del acta de finalización del festejo,
por este Centro Directivo se ha optado, tras consultarse
con la Secretaría de la Comisión Consultiva, elaborar un
modelo unificado de acta para todos los espectáculos taurinos
relacionados que se celebren en el ámbito de esta Comunidad
Autónoma, lográndose al mismo tiempo refundir en la misma
los datos del modelo de ficha estadística que, además, habría
que cumplimentar y remitirse posteriormente a la Comisión
Consultiva Nacional de referencia.
Por ello, esta Dirección General ha resuelto,
en ejercicio de las facultades que le reconoce el artículo
10 e) del Decreto 315/1996, de 2 de julio, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación,
aprobar el modelo unificado de acta de finalización de espectáculo
tarurino que se inserta como Anexo de la presente Circular.
Asímismo, su remisión deberá efectuarse
por el delgado gubernativo que corresponda, vía fax, tanto
a la propia Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía
de la provincia, como a la Secretaría de la Comisión
Consultiva Nacional de Asuntos Taurinos del Ministerio del
Interior, debiéndose indicar al pie de la página 1, el número
de fax de cada Delegación.
Una vez haya tenido entrada en la Delegación
del Gobierno correspondiente, deberá remitirse copia de
la misma, por indéntica vía, a esta Dirección General, a
los oportunos efectos estadísticos autonómicos
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